Parkinson que no podía trabajar: Tribunal Superior de Justicia reconoce incapacidad permanente absoluta

El artículo presenta un caso de un enfermo de Parkinson que fue rechazado por la Seguridad Social para una incapacidad permanente absoluta por no estar en condiciones de trabajar. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha reconocido la incapacidad permanente absoluta con una base reguladora de 2.393 euros al mes, así como la anulación de la resolución del INNS el 10 de junio de 2020, debido a que el paciente no podía realizar ninguna tarea de su profesión habitual.

Tabla de contenidos
  1. El caso de Parkinson
  2. Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
  3. Bases reguladoras
  4. Anulación de la resolución del INNS
  5. Para resumir

El caso de Parkinson

El caso presenta un caso de un enfermo de Parkinson que fue rechazado por la Seguridad Social para una incapacidad permanente absoluta por no estar en condiciones de trabajar. El paciente, un hombre de alrededor de 55 años, había solicitado la incapacidad permanente absoluta por no estar en condiciones de trabajar. Sin embargo, la Seguridad Social argumentó que el paciente estaba en estado II de la enfermedad de Parkinson, lo que lo impedía de trabajar.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha reconocido la incapacidad permanente absoluta con una base reguladora de 2.393 euros al mes, así como la anulación de la resolución del INNS el 10 de junio de 2020, debido a que el paciente no podía realizar ninguna tarea de su profesión habitual.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha reconocido la incapacidad permanente absoluta porque el paciente no estaba en condiciones de realizar las tareas laborales que le eran asignadas. El paciente estaba incapaz de realizar tareas como el manejo de máquinas, la escritura, el habla y la comunicación visual.

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha reconocido la incapacidad permanente absoluta con una base reguladora de 2.393 euros al mes, así como la anulación de la resolución del INNS el 10 de junio de 2020, debido a que el paciente no podía realizar ninguna tarea de su profesión habitual.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha reconocido la incapacidad permanente absoluta porque el paciente no estaba en condiciones de realizar las tareas laborales que le eran asignadas. El paciente estaba incapaz de realizar tareas como el manejo de máquinas, la escritura, el habla y la comunicación visual.

El tribunal ha reconocido la incapacidad permanente absoluta con base en el siguiente motivo:

  • El paciente no estaba en condiciones de realizar las tareas laborales que le eran asignadas.

El tribunal ha anulado la resolución del INNS el 10 de junio de 2020, por lo tanto, el paciente puede recuperar su derecho a la incapacidad permanente absoluta.

Bases reguladoras

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha reconocido la incapacidad permanente absoluta con una base reguladora de 2.393 euros al mes, así como la anulación de la resolución del INNS el 10 de junio de 2020, debido a que el paciente no podía realizar ninguna tarea de su profesión habitual.

Anulación de la resolución del INNS

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha anulado la resolución del INNS el 10 de junio de 2020, por lo tanto, el paciente puede recuperar su derecho a la incapacidad permanente absoluta.

Para resumir

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha reconocido la incapacidad permanente absoluta con una base reguladora de 2.393 euros al mes, así como la anulación de la resolución del INNS el 10 de junio de 2020, por lo tanto, el paciente puede recuperar su derecho a la incapacidad permanente absoluta.

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