Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirma despido por insultar al cliente

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha confirmado el despido de un teleoperador que durante una llamada comercial insultó a un cliente por insistir en hablar catalán. El tribunal ha encontrado que el despido fue válido, ya que no existe vulneración de derechos fundamentales.

Tabla de contenidos
  1. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirma despido por insultar al cliente
  2. El tribunal ha encontrado que el despido fue válido
  3. No existe vulneración de derechos fundamentales

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirma despido por insultar al cliente

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha confirmado el despido de un teleoperador que durante una llamada comercial insultó a un cliente por insistir en hablar catalán. El tribunal ha encontrado que el despido fue válido, ya que no existe vulneración de derechos fundamentales.

La sentencia, delivereda el 28 de febrero de 2023, establece que el teleoperador fue despedido por sus acciones, que constituyeron una infração a la normativa sobre la igualdad de oportunidades y la no discriminación.

El tribunal ha reconocido el derecho del cliente a hablar en su idioma preferido, y ha considerado que el teleoperador no tenía ningún derecho de hablar en catalán en el marco de la llamada comercial. La sentencia también ha reconocido el derecho del cliente a no ser objeto de discriminación por parte del teleoperador.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha encontrado que el despido del teleoperador fue justo y en consonancia con la normativa legal, y ha reconocido la indemnización que le corresponde al cliente.

El tribunal ha encontrado que el despido fue válido

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha encontrado que el despido de un teleoperador fue válido por las siguientes razones:

  • El teleoperador no tenía ningún derecho de hablar en catalán en el marco de la llamada comercial.
  • El teleoperador no mostró ningún tipo de intención de discriminar al cliente por hablar en su idioma preferido.
  • El despido fue una consecuencia natural de las palabras y comportamientos del teleoperador, y no fue una punición o una falta de razonabilidad.

El tribunal ha reconocido el derecho del cliente a hablar en su idioma preferido, y ha considerado que el teleoperador no tenía ningún derecho de hablar en catalán en el marco de la llamada comercial.

No existe vulneración de derechos fundamentales

El tribunal ha encontrado que no existe vulneración de derechos fundamentales en el despido del teleoperador por sus acciones. El tribunal ha reconocido el derecho del cliente a hablar en su idioma preferido, y ha considerado que el teleoperador no tenía ningún derecho de hablar en catalán en el marco de la llamada comercial.

Si quieres conocer otros artículos parecidos a Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirma despido por insultar al cliente puedes visitar la categoría Noticias.

Subir

Usamos Cookies de terceros Más información