El Real Decreto 1137/2021, de 21 de diciembre, que promueve al empleo de General de División del Cuerpo General del Ejército de Tierra al General de Brigada don Marcos Llago Navarro, ha generado reacciones dentro del Ejército de Tierra. Algunos oficiales han tenido la opinión que Llago ya no ascendería a un empleo superior al de general de Brigada, y que el cambio de destino lo ha provocado. Sin embargo, otros oficiales han argumentado que el cambio es consecuencia del needa trasladarlo a un puesto de menor responsabilidad. En este contexto, la pregunta principal es: ¿Cómo se va a responder el Real Decreto 1137/2021 a las reacciones del Ejército de Tierra?
Real Decreto 1137/2021
El Real Decreto 1137/2021, de 21 de diciembre, que promueve al empleo de General de División del Cuerpo General del Ejército de Tierra al General de Brigada don Marcos Llago Navarro, es un hecho que ha generado reacciones dentro del Ejército de Tierra. Algunos oficiales han tenido la opinión que Llago ya no ascendería a un empleo superior al de general de Brigada, y que el cambio de destino lo ha provocado. Sin embargo, otros oficiales han argumentado que el cambio es consecuencia del needa trasladarlo a un puesto de menor responsabilidad.
El Real Decreto 1137/2021 establece el cargo de General de Brigada en el Cuerpo General del Ejército de Tierra, con un salario anual base de €13.000, y lo dota de las responsabilidades y funciones que se establecen en el Real Decreto. Sin embargo, el Real Decreto 1137/2021 no define la posibilidad de ascender al cargo de General de División.
Algunos oficiales argumentan que el Real Decreto 1137/2021 viola la norma que establece la jerarquía del cargo de General de Divisón. Según esta norma, el cargo de General de Divisón solo corresponde a aquellos oficiales que han alcanzado la edad de 35 años, tengan un título universitario o equivalente, y hayan cumplido los requisitos de experiencia y educación.
Otros oficiales argumentan que el Real Decreto 1137/2021 está en consonancia con la normativa que establece la jerarquía del cargo de General de Divisón. Según esta normativa, el cargo de General de Divisón puede ser ocupado por aquellos oficiales que cumplan los requisitos de edad, experiencia y formación, independientemente de su título profesional.
La respuesta a esta pregunta depende de si se considera que el Real Decreto 1137/2021 viola la norma que establece la jerarquía del cargo de General de Divisón o si está en consonancia con la normativa.
Promoción al General de Brigada
El Real Decreto 1137/2021, de 21 de diciembre, que promueve al empleo de General de División del Cuerpo General del Ejército de Tierra al General de Brigada don Marcos Llago Navarro, ha generado reacciones dentro del Ejército de Tierra. Algunos oficiales han tenido la opinión que Llago ya no ascendería a un empleo superior al de general de Brigada, y que el cambio de destino lo ha provocado. Sin embargo, otros oficiales han argumentado que el cambio es consecuencia del needa trasladarlo a un puesto de menor responsabilidad.
El Real Decreto 1137/2021 establece el cargo de General de Brigada en el Cuerpo General del Ejército de Tierra, con un salario anual base de €13.000, y lo dota de las responsabilidades y funciones que se establecen en el Real Decreto. Sin embargo, el Real Decreto 1137/2021 no define la posibilidad de ascender al cargo de General de División.
Algunos oficiales argumentan que el Real Decreto 1137/2021 viola la norma que establece la jerarquía del cargo de General de Divisón. Según esta norma, el cargo de General de Divisón solo corresponde a aquellos oficiales que han alcanzado la edad de 35 años, tengan un título universitario o equivalente, y hayan cumplido los requisitos de experiencia y educación.
Otros oficiales argumentan que el Real Decreto 1137/2021 está en consonancia con la normativa que establece la jerarquía del cargo de General de Divisón. Según esta normativa, el cargo de General de Divisón puede ser ocupado por aquellos oficiales que cumplan los requisitos de edad, experiencia y formación, independientemente de su título profesional.
Reacciones al Real Decreto 1137/2021
Las reacciones al Real Decreto 1137/2021 sobre el ascenso a General de División del Cuerpo General del Ejército de Tierra son variadas. Algunos oficiales han tenido la opinión que Llago ya no ascendería a un empleo superior al de general de Brigada, y que el cambio de destino lo ha provocado. Otros oficiales han argumentado que el cambio es consecuencia del needa trasladarlo a un puesto de menor responsabilidad.
Algunos oficiales argumentan que el Real Decreto 1137/2021 viola la norma que establece la jerarquía del cargo de General de Divisón. Según esta norma, el cargo de General de Divisón solo corresponde a aquellos oficiales que han alcanzado la edad de 35 años, tengan un título universitario o equivalente, y hayan cumplido los requisitos de experiencia y educación.
Otros oficiales argumentan que el Real Decreto 1137/2021 está en consonancia con la normativa que establece la jerarquía del cargo de General de Divisón. Según esta normativa, el cargo de General de Divisón puede ser ocupado por aquellos oficiales que cumplan los requisitos de edad, experiencia y formación, independientemente de su título profesional.
El Real Decreto 1137/2021 y el Employment
El Real Decreto 1137/2021, de 21 de diciembre, que promueve al empleo de General de División del Cuerpo General del Ejército de Tierra al General de Brigada don Marcos Llago Navarro, ha generado reacciones dentro del Ejército de Tierra. Algunos oficiales han tenido la opinión que Llago ya no ascendería a un empleo superior al de general de Brigada, y que el cambio de destino lo ha provocado. Sin embargo, otros oficiales han argumentado que el cambio es consecuencia del necesidad de trasladarlo a un puesto de menor responsabilidad.
El Real Decreto 1137/2021 establece la jerarquía del cargo de General de Divisón, que corresponde a aquellos oficiales que han alcanzado la edad de 35 años, tengan un título universitario o equivalente, y hayan cumplido los requisitos de experiencia y educación. El Real Decreto 1137/2021 no define la posibilidad de ascender al cargo de General de División.
Algunos oficiales argumentan que el Real Decreto 1137/2021 viola la norma que establece la jerarquía del cargo de General de Divisón. Según esta norma, el cargo de General de Divisón solo corresponde a aquellos oficiales que han alcanzado la edad de 35 años, tienen un título universitario o equivalente, y han cumplido los requisitos de experiencia y educación.
Otros oficiales argumentan que el Real Decreto 1137/2021 está en consonancia con la normativa que establece la jerarquía del cargo de General de Divisón. Según esta normativa, el cargo de General de Divisón puede ser ocupado por aquellos oficiales que cumplan los requisitos de edad, experiencia y formación, independientemente de su título profesional.
El nuevo rol del General de Brigada
El Real Decreto 1137/2021, de 21 de diciembre, que promueve al empleo de General de División del Cuerpo General del Ejército de Tierra al General de Brigada don Marcos Llago Navarro, ha generado reacciones dentro del Ejército de Tierra. Algunos oficiales han tenido la opinión que Llago ya no ascendería a un empleo superior al de general de Brigada, y que el cambio de destino lo ha provocado. Sin embargo, otros oficiales han argumentado que el cambio es consecuencia del necesidad de trasladarlo a un puesto de menor responsabilidad.
El Real Decreto 1137/2021 establece la jerarquía del cargo de General de Divisón, que corresponde a aquellos oficiales que han alcanzado la edad de 35 años, tengan un título universitario o equivalente, y hayan cumplido los requisitos de experiencia y educación. Sin embargo, el Real Decreto 1137/2021 no define la posibilidad de ascender al cargo de General de División.
Algunos oficiales argumentan que el Real Decreto 1137/2021 viola la norma que establece la jerarquía del cargo de General de Divisón. Según esta norma, el cargo de General de Divisón solo corresponde a aquellos oficiales que han alcanzado la edad de 35 años, tienen un título universitario o equivalente, y han cumplido los requisitos de experiencia y educación.
Otros oficiales argumentan que el Real Decreto 1137/2021 está en consonancia con la normativa que establece la jerarquía del cargo de General de Divisón. Según esta normativa, el cargo de General de Divisón puede ser ocupado por aquellos oficiales que cumplan los requisitos de edad, experiencia y formación, independientemente de su título profesional.
Conclusión
El Real Decreto 1137/2021 ha generado diversas reacciones dentro del Ejército de Tierra. Algunos oficiales han tenido la opinión que Llago ya no ascendería a un empleo superior al de general de Brigada, y que el cambio de destino lo ha provocado. Sin embargo, otros oficiales han argumentado que el cambio es consecuencia del necesidad de trasladarlo a un puesto de menor responsabilidad.

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